Mensajero Diocesano

Biblia

BIBLIA Y CATECISMO – LOS DIEZ MANDAMIENTOS

By Pbro. Francisco Escobar Mireles

March 21, 2024

1° ADORARÁS AL SEÑOR TU DIOS Y LE SERVIRÁS ( Mt 4,10 )

¿Qué manda el primer mandamiento?

“Pero viene la hora, y ahora es, cuando los verdaderos adoradores adorarán al Padre en espíritu y en verdad; porque ciertamente a los tales el Padre busca que le adoren. Dios es espíritu, y los que le adoran deben adorarle en espíritu y en verdad”  (Jn 4,23-24).

“Este pueblo de labios me honra; mas su corazón está lejos de mí. Pues en vano me honran, Enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres” (Mt 15,8-9).

“Por eso deben mantenerse alertas, no sea que venga de repente y los encuentre durmiendo” (Mc 13,36).

“El primer mandamiento llama al hombre para que crea en Dios, espere en Él y lo ame sobre todas las cosas” (CEC 2134).

“‘Al Señor tu Dios adorarás’ (Mt 4, 10). Adorar a Dios, orar a Él, ofrecerle el culto que le corresponde, cumplir las promesas y los votos que se le han hecho, son todos ellos actos de la virtud de la religión que constituyen la obediencia al primer mandamiento” (CEC 2135).

¿Podemos seguir cualquier religión?

“Me asombra que tan pronto estén dejando ustedes a quien los llamó por la gracia de Cristo, para pasarse a otro evangelio. No es que haya otro evangelio, sino que ciertos individuos están sembrando confusión entre ustedes y quieren tergiversar el evangelio de Cristo. Pero, aun si alguno de nosotros o un ángel del cielo les predicara un evangelio distinto del que les hemos predicado, ¡que caiga bajo maldición! Como ya lo hemos dicho, ahora lo repito: si alguien les anda predicando un evangelio distinto del que recibieron, ¡que caiga bajo maldición! (Gal 1,6-9).

“Cualquiera que se extravía, y no persevera en la doctrina de Cristo, no tiene a Dios; el que persevera en la doctrina de Cristo, ese sí tiene al Padre y al Hijo” (2Jn 9).

“El derecho a la libertad religiosa no es ni la permisión moral de adherirse al error (cf León XIII, Libertas praestantissimum), ni un supuesto derecho al error (cf Pío XII, discurso 6 dic. 1953), sino un derecho natural de la persona humana a la libertad civil, es decir, a la inmunidad de coacción exterior, en los justos límites, en materia religiosa por parte del poder político. Este derecho natural debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad de manera que constituya un derecho civil (cf DH 2)” (CEC 2108).

¿El culto es individual o social?

“Ciertamente Yo estaré contigo, -le respondió el Señor-, y la señal para ti de que soy Yo el que te ha enviado será ésta: cuando hayas sacado al pueblo de Egipto ustedes adorarán (servirán) a Dios en este monte” (Ex 3,12).

“Y estas palabras que yo te mando hoy, estarán sobre tu corazón: y las repetirás a tus hijos, y hablarás de ellas estando en tu casa, y andando por el camino, y al acostarte, y cuando te levantes: y has de atarlas por señal en tu mano, y estarán por frontales entre tus ojos: y las escribirás en los postes de tu casa, y en tus portadas” (Dt 6,6-9).

“Día tras día continuaban unánimes en el templo y partiendo el pan en los hogares, comían juntos con alegría y sencillez de corazón” (Hch 2,46).

“Les aseguro también que si dos de ustedes se ponen de acuerdo en la tierra para pedir algo, sea lo que fuere, lo conseguirán de mi Padre que está en los cielos. Porque donde están dos o tres reunidos en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos” (Mt 18,29-20).

“El deber de dar a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado” (CEC 2136).

“El hombre debe ‘poder profesar libremente la religión en público y en privado’ (DH 15)” (CEC 2137).

El hombre es un ser social, su culto debe ser público y en común. La sociedad debe dar a Dios el honor que se le debe. Es natural que hombres que creen en el mismo Dios y abrigan hacia Él los mismos sentimientos de adoración, gratitud culto y amor se reúnan para alabarle y darle gracias.